La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional exigir mayoría de edad para que personas puedan rectificar su identidad de género en el acta de nacimiento en el estado de Guerrero, al considerar que esta restricción vulnera los derechos de las infancias y adolescencias trans e intersex.

Por unanimidad, el pleno del máximo tribunal invalidó dos artículos de la Ley de Reconocimiento y Derechos de las Personas de la comunidad LGBTTTIQ+ de Guerrero que establecían que únicamente las personas mayores de 18 años podían realizar este procedimiento.

La decisión se dio al resolver la acción de inconstitucionalidad 73/2025 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

La Corte reconoce derechos de infancias trans

Durante la discusión, los ministros señalaron que impedir que niñas, niños y adolescentes trans accedan a este procedimiento puede vulnerar derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la identidad.

El proyecto, elaborado por el ministro Arístides Guerrero García, destacó que las infancias y adolescencias trans viven en un contexto de especial vulnerabilidad, particularmente en entornos sociales que suelen ser adultocéntricos.

También se recordó que diversos estudios muestran que muchas personas reconocen su identidad de género desde edades tempranas.

Congreso de Guerrero deberá crear nuevo procedimiento

Con esta resolución, la Suprema Corte ordenó al Congreso de Guerrero diseñar un procedimiento adecuado para que niñas, niños y adolescentes trans e intersex puedan solicitar la rectificación de su acta de nacimiento.

El mecanismo deberá ser ágil, confidencial y respetuoso de los derechos de las personas menores de edad.

El Congreso estatal contará con un plazo máximo de 12 meses para emitir la legislación correspondiente.