Por unanimidad de 76 votos, el pleno del Senado de la República aprobó la reforma al artículo 2 de la Constitución para prohibir matrimonios infantiles en comunidades indígenas.
La modificación constitucional garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, siempre que se sujete también al interés superior de niños y adolescentes, sin que pueda justificarse práctica en contrario por el ejercicio de sus usos y costumbres.
En las disposiciones transitorias se establece un plazo de noventa días para que el Congreso de la Unión lleve a cabo las modificaciones correspondientes a la legislación secundaria para garantizar el pleno derecho de niñas.
El proyecto de decreto aprobado señala que, a pesar de que el matrimonio infantil está prohibido por la ley en prácticamente todo el mundo, en algunas comunidades y pueblos sigue persistiendo la práctica de uniones entre una persona adulta con alguna niña o entre menores de edad como consecuencia de deficiencias administrativas de los registros civiles, por creencias religiosas, pero sobre todo por razones costumbristas.
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“Evidentemente, se trata de acciones indebidas y no consentidas por los menores por su propia condición, en la que no tienen opción ni posibilidad de decidir por sí mismos, sino que quienes lo hacen por ellos los obligan a contraer matrimonio”.
Subraya que el matrimonio infantil es una violación a los derechos humanos de los menores de edad, que representan una grave afectación a su bienestar, salud, seguridad personal, economía y demás aspectos de la vida digna a la que debe tener acceso y debe estar garantizada para todas las personas.
Destaca que según el Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA), el matrimonio precoz se refiere al matrimonio en el que uno o ambos cónyuges tienen como mínimo 18 años, pero no pueden dar su consentimiento, como sería el caso de una persona que no tiene la madurez física o emocional o que no tiene suficiente información acerca de sus opciones.
Señala que en el año 2000 un tercio de las mujeres de 20 a 24 años señalaron haber contraído matrimonio siendo menores de edad. La cifra pasó en 2015 a 25% y se estima que el matrimonio infantil antes de los 15 años disminuyó de 11% en el año 2000 a 8% en 2015.