La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, dijo que los policías que deben contar con un sistema de protección social ante lesiones y enfermedades causadas por la naturaleza de su trabajo, han sido confirmados que dicha cobertura no opera en beneficio de los agentes.

Luego de confirmar 27 caso de policías que sufrieron distintos padecimientos médicos a causa de sus labores, la CDHDF concluyo, que la Policía Auxiliar, se niega a la posibilidad de que los padecimientos de los trabajadores sean reconocidos como resultado de los “riesgos de trabajo”.

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Son reflejo de un “problema estructural que padece el personal de la Policía Auxiliar (…) en relación con la precariedad de las prestaciones de seguridad social”.

Existen diferentes casos que atender, como dos policías que sufrieron caídas graves cuando se trasladaban de su casa al trabajo, otros que sufrieron caídas durante su función y cuyas secuelas no fueron reconocidas como padecimientos generales por riesgo de trabajo, sino como “enfermedad general”, provocando que se les niegue la posibilidad de acceder a una declaración de incapacidad y, por consiguiente, a una pensión.

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Otro caso que destaca, fue de una mujer policía, que fue agredida por un delincuente, quien la arrojó por unas escaleras de 5 metros de altura. Lo que le provocó un fuerte golpe en el cráneo, asi como lesiones en las vértebras cervicales , además diversos golpes en el cuerpo, dejando como secuela “cefalea permanente”, es decir, dolor intenso de cabeza, así como fuertes dolores en la espalda.

Otro caso fue el de un agente golpeado tumultuariamente y al que sus atacantes provocaron fracturas expuestas en dos dedos.

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También otros policías agredidos durante operativos o cuando defendían a victimas de la delincuencia, a policías que estaban a bordo de patrullas que fueron impactadas por otros vehículos, y otros por caídas en escaleras eléctricas o de bicicletas cuando realizaban rondines.

La CNHDF concluyó que la Policía Auxiliar utiliza anomalías, al negar la cobertura social a sus elementos lesionados.

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Esto al informar tardíamente a su Caja de Prevision sobre las lesiones que sufren los elementos, y esto da pretexto para que las resoluciones de invalidez sean extemporáneas y por eso mismo se cancelen.

Además, se detectó que policías heridos con dolencias, se les niega la incapacidad y, de manera gradual, se les va reduciendo su salario hasta cancelarlo totalmente.

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La Comisión concluyó que la Policía Auxiliar utiliza amplios vacíos legales que impiden a los agentes acceder a la protección social, tales como la falta de una relación de enfermedades y lesiones por riesgo de trabajo específicos de estos policías.

La falta de esta relación facilita que a los agentes lesionados no se les reconozca que dichos padecimientos fueron producto de los riesgos de su trabajo, y en cambio se les declara con enfermedad general, no vinculada con su profesión.

La CDHDF dio un plazo de 180 días para que estos vacíos legales sean subsanados y, así, pueda establecerse un mecanismo eficaz que permita atender oportunamente a los policías auxiliares que sufran “enfermedades profesionales de conformidad con las funciones de seguridad”.