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Redacción/El Nacional
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos personales (INAI) presentó la campaña “Pensar antes de sextear”, con la intención de advertir que esta práctica podría conducir a una pena desde 7 hasta 12 años de prisión.
Además el instituto aseguró que el sexting podría ser considerado pornografía infantil cuando se trate de un menor involucrado, pues “daña el honor y la imagen de una persona, pérdida de su privacidad, sextorsión o chantaje por las imágenes, así como el ciberbullyng”.

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El sexting es una práctica que consiste en enviar mensajes e imágenes con desnudos y contenido sexual entre personas que tengan o no alguna relación; además se está haciendo cada vez más común y popular entre el público joven.
 Por ello, el Código Penal Federal destacó que si el sexting involucra a menores de 18 años, la acción podrá ser considerada delito de pornografía infantil pues “supone la configuración del delito de producción, posesión o distribución de pornografía infantil”.
Así mismo el INAI detalló que el artículo 202 señala como delito de pornografía infantil a quien “procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a realizar actos sexuales o exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados, con el objetivo de video grabarlos, fotografiarlos, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, transmisión de archivos de datos en red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de computo, electrónicos o sucedáneos”, por lo tanto, la pena que enfrentan es de 7 a 12 años de prisión mientras que la multa es de 800 a 2 mil días.