La Secretaría de Salud, publicó en el Periódico Oficial del Estado, los Lineamientos para el Manejo, Transporte y Disposición de Cadáveres de Personas Fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-COV2 (COVID-19).
Las disposiciones se encuentran dirigidas a trabajadores sanitarios, cementerios, crematorios, funerarias y anfiteatros como parte del protocolo establecido para evitar contagios ante la pandemia y proteger al personal que, por la naturaleza de su trabajo, se vea obligado a la manipulación de cuerpos de víctimas fallecidas por el coronavirus.
“Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer los mecanismos para el manejo seguro, transporte y disposición de personas fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-COV2 (COVID-19)”, indica la publicación.
Agrega que “el personal de salud que atienda y entregue el cadáver de la unidad hospitalaria deberá́ informar y capacitar previamente al personal que intervenga en el transporte del tipo de caso y de los procedimientos a seguir sobre las medidas de protección, incluido el uso adecuado de equipo de protección personal”.
En el capítulo tercero establece que:
No se podrá realizar el embalsamamiento de los cadáveres. No se deberán realizar autopsias a los cadáveres de personas fallecidas debido a la enfermedad generada por el virus SARS-COV2 (Covid-19).
En el capítulo quinto indica que:
El destino final será la inmediata incineración. También que la cremación deberá de hacerse en las doce horas siguientes al deceso. No se permitirá el contacto con el cadáver, ni su visualización. El cadáver deberá estar en un féretro sellado.
Como medida de distanciamiento social quedan prohibidas las reuniones o concentraciones de personas, con independencia de su número, en el lugar en el que se realice la cremación.
Queda prohibida la celebración de ceremonias luctuosas, en todas sus etapas y la celebración religiosas o análogas de cuerpo presente en los supuestos de personas fallecidas por el virus.
Quedan prohibidos los velorios o ceremonias análogas, en domicilios particulares , en cualquier tipo de inmueble público o espacio público.
Redacción/El Nacional