Redacción/El Nacional

Ante un amparo que permite a los transportes de carga circular en el área metropolitana a cualquier hora, los Alcaldes metropolitanos dijeron defenderán el Reglamento  Homologado de Transito.

Fue el juez segundo en Materia Administrativa, Félix Suástegui, quien otorgó a la empresa Deacero un amparo de suspensión definitiva, la cual le permite no acatar las restricciones al transporte de carga dispuestas en el reglamento que implementarán los integrantes de la Asociación Metropolitana de Alcaldes (AMA).

El Alcalde de Guadalupe, Francisco Cienfuegos, señaló que sólo se trata de una medida cautelar.

“Seguimos con una diferencia de criterios en el Poder Judicial de la Federación”, destacó y agregó que el resolutivo ” es una medida cautelar, no resuelve el fondo del amparo, que deberá desahogarse ante un Tribunal Colegiado. No cambia en nada la forma en que estamos trabajando y aplicando el Reglamento”.

Por su parte, el Alcalde de San Nicolás, Víctor Fuentes, y el Secretario del Ayuntamiento de Santa Catarina, José Luis Cabañes, descartaron que la resolución del juez vaya a afectar la aplicación del reglamento en general.

“Es una etapa del juicio nada más”, dijo Fuentes. “Le quedan más etapas al proceso para nosotros ganar el procedimiento”.

Según los ediles, la intención del Reglamento Homologado, es evitar aglomeraciones en las principales vías del área metropolitana en horas pico que provocan los transportes de cargo por lo que desde el pasado 16 de febrero se comenzó a aplicar sanciones a quien no respetara las nuevas normas.

Actualmente, el área metropolitana cuenta con  124 avenidas por donde pueden circular los vehículos pesados, con ciertas restricciones en las horas pico.

De las 6:30 a las 9:30 horas, el transporte pesado no puede circular por 36 avenidas, mientras que por las tardes, entre las 18:00 y las 20:00 horas, se prohíbe que transiten por 18 vialidades, que también tienen restricciones durante las mañanas.

Las multas por violar esta disposición y por circular por avenidas no permitidas alcanzan hasta los 50 salarios mínimos, alrededor de 4 mil pesos.