aguinaldo_101114-640x365

Redacción/ El Telégrafo

Como cada año y recompensando el trabajo realizado por el trabajador durante meses, en los presentes días e incluso antes del 20 de diciembre, un millón 370 mil trabajadores formalmente registrados en el IMSS, deberán recibir su aguinaldo en Nuevo León.

Tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87, el titular de la Secretaría del Trabajo en Nuevo León, Héctor Morales Rivera, informó que los trabajadores deben recibir mínimo 15 días de aguinaldo en efectivo si cuentan con un año de trabajo, y para quienes tengan menos tiempo, el pago será proporcional.

“Todo los trabajadores que hayan tenido alguna relación laboral tienen derecho al pago del aguinaldo, producto del trabajo que hayan realizado a lo largo del año, cabe agregar que por disposición de la Ley son mínimamente 15 días de su salario cuando hayan completado el año de trabajo. En caso de no completarlo se le pagará lo proporcional a lo que hayan justamente trabajado”, señaló.

Según autoridades estatales, en Nuevo León existe la cultura del cumplimiento de este derecho por parte de los patrones, tras en el 2013 registrarse 30 denuncias, mismas que se resolvieron satisfactoriamente en favor de los trabajadores, así como alrededor de 200 solicitudes pidiendo información de los aguinaldos.

Al igual que en años anteriores, Morales Rivera, indicó que el Gobierno del Estado estará atento para que ningún trabajador de Nuevo León se quede sin recibir el aguinaldo al que tiene derecho en tiempo y forma.

“La Secretaría del Trabajo estará laborando junto con la Dirección de Inspección del Trabajo, la Procuraduría del Trabajo y la Junta local de Conciliación arbitraje, con sus guardias respectivas para dar toda la atención correspondiente y que requieran los trabajadores en caso de información en caso de alguna duda pero también de presentación de alguna denuncia”, señaló.

Agregó que se reforzará la atención a los trabajadores y los empresarios, al difundir a través de los sindicatos y cámaras empresariales el cumplimiento de este derecho, así como despejar dudas y orientarlos al respecto.

Aquellos patrones que no den el aguinaldo a tiempo, podrán hacerse acreedores a entre 50 y 5 mil salarios mínimos, es decir de 3 mil 300 hasta 335 mil pesos.

El pago del aguinaldo por ningún motivo podrá ser cubierto en especie.

El funcionario puso a disposición de los trabajadores los teléfonos 2033-2600, 2601 y 2608 de la Dirección de Inspección del Trabajo, y el 2020-2666 y 2692 de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

Por último, informó que en las próximas vacaciones decembrinas se contará con guardias a fin de atender a los ciudadanos que por alguna razón no hayan recibido esta prestación.

Cómo calcular el aguinaldo

El cálculo proporcional del aguinaldo depende de los días laborados en el año calendario y de la cuota diaria de salario que tenga un trabajador.

  1. Lo primero que se hace para calcular un aguinaldo proporcional es dividir 15 (número de días de aguinaldo que proporciona la empresa) entre 365 (días del año). Este dividendo deberá multiplicarse por el número total de días que ha trabajado un empleado (se incluyen sus días festivos y de descanso).
  1. Luego, esta cantidad se multiplica por el salario diario del empleado.

El resultado será el aguinaldo proporcional que le corresponde a un trabajador.