Camiones urbanos deberán encender aires acondicionados
Camiones urbanos deberán encender aires acondicionados

Los camiones urbanos en el estado de Nuevo León deben encender el aire acondicionado, según lo establecido en la Ley de Movilidad.

A pesar de que la tarifa de 12 pesos que pagan los usuarios incluye el servicio de climatización, después de la pandemia de COVID-19, las rutas urbanas dejaron de encenderlo, tal como lo confirmaron los pasajeros. No existen explicaciones ni avisos sobre la falta de clima en las unidades, y los usuarios no lo exigen debido a la escasez de camiones.

Algunos pasajeros mencionaron que toman rutas específicas, como el Mirador 155 o el 126, que cuentan con aire acondicionado en sus unidades, pero otros enfrentan dificultades, especialmente en la Ruta 23, que acumula numerosas quejas.

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Según el reglamento de la Ley de Movilidad de Nuevo León, los proveedores del servicio deben cumplir con todas las condiciones, incluido el funcionamiento del aire acondicionado. En caso de incumplimiento, se impondrá una multa de entre 2,074 y 2,593 pesos. Los testimonios de los usuarios revelan que solo las unidades nuevas, identificadas por su color verde, ofrecen aire acondicionado y cobran una tarifa de 15 pesos.

Si un pasajero se encuentra en una unidad sin aire acondicionado, puede reportarlo al Instituto de Movilidad de Nuevo León o al número de emergencia 911. La falta de climatización en los camiones urbanos ha generado molestias entre los usuarios, especialmente durante los días calurosos, y algunos incluso han experimentado deshidratación debido a las altas temperaturas dentro de los vehículos. Además, la demora en la llegada de los camiones expone a los pasajeros a los rayos del sol por períodos prolongados, lo que agrava aún más la situación.