La Suprema Corte de Brasil declaró institucional cualquier huelga donde se involucren funcionarios que actúen en el área de seguridad, afectando a los policías de todas las categorías.
Con siete votos a favor y tres en contra, los magistrados de la máxima corte del país, prohibieron las paralizaciones de policías civiles, federales, de carretera y militares, aunque fue mantenido el derecho de asociación en sindicatos.
“La actividad policial es un servicio indispensable para preservar el orden público (…) no pudiendo sobreponerse el interés individual de una determinada categoría de funcionarios públicos al bien común”, escribió una de las magistradas.
La huelga policial ya era prohibida en la Constitución brasileña, pero era ambigua por lo que su legalidad dependía de la interpretación de los jueces. El Supremo despejó ayer las dudas y decretó que los agentes no tienen derecho a suspender sus labores, un parecer que deberá ser cumplido ahora por todas las instancias inferiores de la justicia.
Por el año 2012, agentes de la Policía Civil del estado de Goiás realizaron una huelga que al principio fue considerada legal por un tribunal. No obstante, el gobierno regional recurrió y otro juez la declaró inconstitucional, una decisión que fue respaldada ayer por la máxima corte.
“El Estado no hace huelga. El Estado en huelga es un Estado anárquico y la Constitución no permite eso”, afirmó el magistrado Alexandre de Moraes.
En los primeros meses del año, Brasil registró varias huelgas de policías, la más importante de ellas en el estado de Espírito Santo, donde hubo una ola de violencia que coincidió con la paralización de más de 20 días.
Los agentes alegaron que tuvieron que acuartelarse y abandonar sus labores debido a que sus familiares les impedían salir a las calles, pero las autoridades rechazaron las explicaciones y tomaron duras medidas disciplinarias. Esta ausencia de policías en Espírito Santo provocó cerca de 200 muertes violentas, según fuentes sindicales.