La tarde de este jueves, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, un instrumento legal para imponer penas de hasta seis años de cárcel por difundir imágenes de contenido íntimo y sexual sin el consentimiento de la persona implicada.

Con 446 votos a favor y uno en contra, los diputados avalaron en lo general la llamada ‘Ley Olimpia’, que fue aprobada por el Senado en noviembre pasado. En una votación posterior, los legisladores la aprobaron en lo particular con 434 votos a favor y uno en contra.

El dictamen, que fue enviado al Ejecutivo para su promulgación, considera delito tomar y distribuir imágenes de contenido íntimo y sexual sin el consentimiento de la persona implicada.

El acoso digital será castigado con penas de cárcel de entre tres y seis años, multas de hasta 90 mil pesos.

Además, se prevén agravantes cuando el delito lo cometa el cónyuge de la víctima, un cargo público o alguien con quien tuviera una relación sentimental, así como cuando se haga con fines lucrativos.

La reforma penará la violencia digital contra las mujeres en todo México, donde 19 de los 32 estados ya prevén en su legislación estatal el castigo contra el abuso digital.

Redacción/El Nacional