El Congreso del Estado aprobó por unanimidad sancionar de 30 a 70 años de prisión para quien lesione o cause la muerte a algún elemento policíaco o a sus familiares.
Los diputados autorizaron cambios de reforma a los artículos 305 y 318 del Código Penal para el Estado de Nuevo León, en el que se propusieron que se aumentarán las sanciones por este delito.
“En caso de que se actualice lo previsto en la fracción VI del artículo 316, se aumentará en un tercio más la sanción que corresponda en caso de que el pasivo tenga en carácter de servidor público”.
“Y si el sujeto pasivo es, o fue dentro de los cinco años anteriores a la comisión delictiva, miembro de una institución policial, de procuración o administración de justicia o de ejecución de sanciones, su cónyuge o de sus parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado o con quien viva en concubinato, con independencia de las penas aplicables de conformidad con el Capítulo III de este Título”.
“La pena será de treinta a sesenta años de prisión y se aumentará hasta en dos tercios la pena que corresponda, considerando las circunstancias de la comisión del delito, sin que pueda exceder de la pena máxima prevista en el artículo 48 de este código”, dice el dictamen.
Y en caso de que el servidor público haya salido con alguna lesión, la pena aplicable será de dos a ocho años de prisión.