Redacción/El Nacional

 La Cámara de Diputados avaló el día de hoy una reforma al Código Civil en la que cualquier publicación de hechos en  las redes sociales que pueden causar deshonra, descrédito o prestigió será sancionada.

Con 386 votos de los parlamentarios, se aprobó la reforma al artículo 1916 del Código Civil Federal, en el que se establecen restricciones y “mordazas” a quien publique por cualquier medio, incluido internet, información “cierta o falsa” que cause “deshonra o descrédito a alguien”.

“En la reparación del daño moral se considere el hecho ilícito de quien comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien”, sostuvieron.

Por unanimidad, los diputados de los distintos partidos aseguraron que aunque “se reconoce la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos. Sin embargo, al igual que todo derecho, éste no es de carácter absoluto, sino encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen”

“Con esta reforma pretendemos en incluir nuevas modalidades que con el paso del tiempo han ido tomando un papel importante en este tipo de actos y conductas como lo son las tecnologías”, agregó el diputado priísta Pablo Elizondo García.