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Omar Leal/El Nacional

La Comisión Estatal Electoral (CEE), autorizó el poder poner el apodo del candidato en la boleta electoral en miras a estas elecciones de junio próximo.

A lo que tras el diseño de los formatos de la documentación electoral que se utilizará en las elecciones del próximo 7 de junio para elegir Gobernador, Alcaldes y Diputados, que por primera vez permite el sobrenombre del candidato en la boleta.

Con ello y de acuerdo a los lineamientos que fijó el organismo electoral, las boletas y las actas que se usarán para la votación deberán contener los mecanismos de seguridad necesarios para evitar su falsificación, y elaborarse con materias primas que permitan ser recicladas una vez que se proceda a su destrucción.

Así es que se puede ya incluir en la boleta el apodo del candidato, se deriva de una jurisprudencia del 2013, que especifica que si la Ley Electoral no prohíbe usar el sobrenombre en la boleta, éste se admita, siempre y cuando no constituya propaganda, confunda a los electores o emplee frases denotativas.

Asimismo, el apodo no sustituirá el nombre o apellidos del aspirante.