Redacción/El Nacional

El Consejo General de la CEE determinó fundadas dos denuncias contra la Alcaldesa de Monterrey, Margarita Alicia Arellanes Cervantes, en cuanto a la imparcialidad en el uso de recursos públicos, al utilizar una playera con el logotipo del Partido Acción Nacional en un evento público; así como por el uso del lema “Tu Alcaldesa Cumple”; e impuso sanciones respectivas de 96 mil 897 pesos con 60 centavos, y de 48 mil 987 pesos con 12 centavos; dando un total de 145 mil 884 pesos con 72 centavos.

La primera denuncia es referente al Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidad con clave de expediente PFR-005/2014, promovido el 12 de mayo de 2014, por Eduardo Bailey Elizondo en su carácter de Presidente del Comité Directivo Estatal y Aldo Fasci Zuazua, por sus propios derechos, en contra de Margarita Arellanes y el PAN;  por imparcialidad en el uso de recursos públicos al utilizar una playera con el logotipo del PAN, en un evento público de trabajos de recarpeteo, en el área de San Jerónimo.

Luego de analizar los hechos de la denuncia, las contestaciones de las partes involucradas, y las pruebas públicas y documentales, la Comisión Estatal Electoral, por mayoría de sus integrantes, concluyó que la denunciada acreditó la infracción en el artículo 301 BIS 1 de la Ley Electoral, al beneficiar propagandísticamente al PAN, al generar un impacto en la sociedad que vincula las obras municipales con dicho partido.

Además, que el solo hecho de que la funcionaria pública destine su tiempo en un día hábil y dentro del tiempo oficial para la inauguración de una obra municipal donde se realizaron trabajos con cargo al erario público, deja claro que los mismos fueron utilizados por la Alcaldesa directamente a favor del PAN.

En consecuencia, al acreditarse la violación a lo previsto en los artículos 134, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 43, párrafo sexto de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en relación con lo dispuesto en el 301 BIS 1 de la Ley Electoral del Estado, el organismo impuso a la Alcaldesa una sanción de mil 440 veces el salario mínimo general vigente para Monterrey, equivalente a 96 mil 897 pesos con 60 centavos.

En el caso de la segunda denuncia, se trata del Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidad con clave de expediente PFR-006/2013, promovido el 13 de noviembre de 2013, por Candelario Maldonado Martínez, contra Margarita Arellanes y el PAN; por promoción personalizada por el uso del lema “Tu Alcaldesa Cumple”, para su Informe de Gobierno 2013.

Ésta se declaró fundada respecto a la Presidenta Municipal de Monterrey, con base a que la difusión publicitaria por varios medios de comunicación del Informe de Gobierno Municipal: “Tu Alcaldesa Cumple”. “Ayuntamiento de Monterrey 2012-2015”. “1er informe de Gobierno”, fue pagada con recursos del Municipio de Monterrey; lo cual quedó demostrado con el informe del Secretario del Ayuntamiento de dicho municipio.

Asimismo, con dicha frase y su difusión se destacan logros en materia de ecología, seguridad pública, empleo y educación, atribuibles a “la Alcaldesa de Monterrey”, lo que constituye promoción personalizada, al tratar de destacar estos avances como logros personales, lo cual no está permitido legalmente.

También, parte de la publicidad referida contiene frases como: “Somos Honestidad Tu Alcaldesa Cumple” y “Somos Liderazgo Tu Alcaldesa Cumple”, con lo que se pretende destacar cualidades inherentes a la persona, más que al Ayuntamiento; y el nombre y las imágenes se utilizan en apología de la servidora pública con la finalidad de posicionarla en el conocimiento de la ciudadanía con fines político electorales.

Por lo anterior, y tomando en consideración el contenido de lo dispuesto en el artículo 134, de la Constitución General de la República y 43, penúltimo párrafo de la Constitución del Estado de N.L., y 301, BIS 1, de la Ley Electoral del Estado, el órgano electoral concluyó, por la mayoría de sus integrantes, que la denunciada violentó las disposiciones de cuenta; y aplicó una sanción de 48 mil 987 pesos y 12 centavos.

Ambas sanciones se harán efectivas conforme lo disponga la legislación fiscal de la entidad.