El Congreso de Nuevo León aprobó ayer la ampliación del derecho de legítima defensa a negocios y sitios de trabajo, modificando así el Artículo 17 del Código Penal.

De acuerdo con la propuesta que fue impulsada por el Partido Acción Nacional (PAN) del Estado, aquel ciudadano o ciudadana que cause homicidio o lesiones, no se le procesará siempre y cuando se demuestre que actuó en defensa propia dentro de su comercio.

“Esta reforma al Artículo 17 del Código Penal amplía la Legítima Defensa, pues no es justo que el ciudadano que se pueda defender de la comisión de delito en su negocio o su trabajo vaya a dar a la cárcel, por ello y por una exigencia ciudadana consideramos que la Legítima Defensa debe ir más allá de los hogares y ampliarse a los lugares de trabajo y comercios, porque es un acto elemental de justicia y evitamos que los ciudadanos vayan a la cárcel por simplemente defenderse”, dijo el diputado Carlos de la Fuente.

Cabe mencionar que anteriormente la legítima defensa sólo estaba habilitada en viviendas.

Aunque de igual manera en el recinto legislativo se propuso la ampliación para defenderse dentro de vehículos, ésta no ha sido aprobada.

Según autoridades, las armas que se podrán comprar legalmente en nuestra entidad son las siguientes:

  • Arma calibre 22 (bala corta y bala larga).

  • Calibre 25.

  • Calibre 32.

  • Escopetas calibre 12 (excepto cañón recortado).

  • Carabina calibre 22 (de acuerdo con la ley, los campesinos y ejidatarios podrán tenerlas en predios o ranchos).

Redacción/El Nacional