Ante el incremento de robo y violencia contra negocios en Nuevo León, la Comisión de Justicia y Seguridad del Congreso local extendió la legítima defensa para que los propietarios puedan defender su patrimonio o familia dentro de su negocio.
Sin embargo, la reforma avalada por los diputados al Artículo 17 del Código Penal del Estado de Nuevo León, no es licencia para matar al agresor o ladrón.
“La presunción de legítima defensa no son licencias para matar como en otras ocasiones se ha mencionado, hay que entender esta figura de la legítima defensa y esto es que una persona y condiciones que ya mencioné, será tratado como inocente”, dijo el diputado y presidente de la Comisión, Álvaro Ibarra Hinojosa.
Asimismo, agregó que dicho amparo no deja libre de investigación al presunto afectado.
“No le exime de las investigaciones que realice el Ministerio Público y que se cumpla con las condiciones de la legítima defensa que deberá ser evaluado por el juez, de que el agredido comenzó al agresión, que pudo evitarlo por otros medios legales y que el daño que iba a causarle al agresor era fácilmente reparable”, señaló.
Hasta ahora el concepto de legítima defensa se ha ampliado para que todo ciudadano o ciudadana pueda proteger sus casas, bienes y familias, y con ello evitar ser procesados como delincuentes y reconociendo su carácter de víctimas.
En cuanto a la propuesta por parte del PAN, sobre ampliar el alcance de defensa con arma de fuego a bordo de un automóvil, la propia Comisión informó ayer que la sugerencia fue desechada.
Redacción/El Nacional