“Recibí por parte del primer tribunal unitario en Materia Penal del Primer Circuito la notificación del decreto de mi absoluta e inmediata libertad, debida al sobreseimiento que recayó en la causa penal bajo la que me encontraba sujeta. Sin embargo, debido a la muy larga situación de aislamiento a la que me he visto sometida, me es necesario un plazo para asimilar privadamente las evidentes emociones que se derivan de un hecho tan importante en lo personal. Por lo anterior he decidido no tener contacto con medio de comunicación nacional o extranjero alguno, pues considero que esta etapa que me ubica en una nueva circunstancia, debe ser adecuada y suficientemente recibida y vivida en familia”.
“La maestra ya está en familia, va a tomar unos días de reflexión y de paz con su familia después de una situación de este orden, ninguna persona, ninguna persona, repito, tiene facultades para hablar en nombre de ella, hasta que ella personalmente de su posición tal y como se informó en el comunicado.”
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