Redacción/El Nacional

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió una ruta para recibir a los artistas y personajes públicos que quieran demandar a los paparazzis por daño material, debido a la difusión de fotografías suyas sin su consentimiento.

La Primera Sala de la Corte emitió un criterio donde se establece que cuando se trata del periodismo de espectáculos o entretenimiento, sólo es posible difundir imágenes sin consentimiento de los protagonistas cuando tienen que ver con su trabajo y no con su vida personal.

“Tratándose del periodismo de entretenimiento o de espectáculos, sólo existe interés público en publicar y difundir imágenes de personas con proyección pública sin su consentimiento cuando éstas se relacionan con su actividad profesional”, dijo el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.

Ordena SCJN a editorial indemnizar a artista

Un tema de la farándula que más llamó la atención en relación al daño material, fue cuando la editorial Notmusa y su revista TvNotas difundieron fotografías del torso desnudo de la conductora y modelo María Teresa Alessandri.

Ante ello, con el criterio de la Corte, se concedió un amparo para la presentadora y se le ordenó a las empresas de comunicación indemnizar a la misma por la difusión de material privado.

Cabe recordar que Alessandri demandó a la editorial el pago de 4.6 millones de pesos.

Dicho asunto se remitirá al juez civil que desde el inicio de la demanda conoció el caso, y deberá analizar cuánto dinero ganó la editorial con la difusión de las fotografías.