Redacción/ El Nacional


El decreto propuesto por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, para prohibir temporalmente la entrada de ciudadanos de seis países de mayoría musulmana a su país, entró en vigor este jueves, luego de que la Suprema Corte de Justicia lo habilitará.

Estas nuevas restricciones preocupan a los visitantes de los países afectados a las asociaciones de defensa de los refugiados.

Tras cinco meses de contenciosos jurídicos, muchas presuntas siguen sin ser respondidas respecto a una de las medidas más polémicas tomadas hasta ahora por el presidente, avalado por la Corte Suprema.

Este decreto, que supuestamente debe impedir la llegada de “terroristas”, prohíbe temporalmente la entrada a Estados Unidos de ciudadanos de seis países con mayoría musulmana (Siria, Libia, Irán, Sudán, Somalia y Yemen), así como a refugiados de cualquier parte del mundo.

Su entrada en vigor comenzó a las 20:00 horas con un alcance limitado por el alto tribunal: no se podrá aplicar a quien pueda justificar “una relación valida con una persona o una entidad en Estados Unidos”.

Por lo tanto, alguien que venga desde alguno de esos países a visitar a un miembro de su familia será admitido. O un estudiante que vaya a estudiar en una universidad estadounidense, o un empleado que haya sido reclutado por una compañía local. O un profesor invitado a dar una conferencia.

La noción de “relación valida” sumió a los juristas en la perplejidad. ¿Cómo un refugiado sirio podrá probar la existencia de un lazo anterior con Estados Unidos?