A fin de tipificar el delito de acoso sexual, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal de Nuevo León.
La propuesta fue presentada por el diputado Gabriel Tláloc Cantú ante el pleno del Congreso, y a su letra dice que quien cometa dicho delito se hará acreedor a una pena de seis meses a dos años de prisión.
“Comete el delito de acoso sexual quien por cualquier medio con fines lascivos asedie, acose, se exprese de manera verbal o física o se aproveche de cualquier circunstancia de necesidad o de desventaja de la víctima, a una o más personas de cualquier sexo, se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de cuarenta cuotas”, indica el decreto.
“Si el pasivo del delito fuera menor de edad o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, la pena se incrementará un tercio”.
“Si el acosador fuese servidor público y utilizase medios o circunstancias que el cargo le proporcione, la pena se incrementará un tercio y se le destituirá de su cargo”.
“Este delito sólo será perseguido por querella del ofendido o de su legítimo representante, salvo que se trate de menor de edad o un incapaz en los términos del código civil del Estado, en cuyo caso se procederá de oficio”.
“Tratándose de delitos sexuales, se incrementará la pena en una mitad más, cuando se utilice el internet, o cualquier otro medio de comunicación electrónica, radial o satelital para contactar a la víctima”.